“La objeción de conciencia es abrazar tu libertad de pensar para decir no frente a conductas que te violentan”

15/05/2023. Sinergia.org – Lexys Rendón, activista en derechos humanos y directora de la ONG Laboratorio de Paz, explica que la libertad de pensamiento y conciencia es de las principales libertades del ser humano, por tanto, la objeción de conciencia surge como una herramienta para proteger esas libertades en situaciones que, por diversas circunstancias, la persona estaría conminada u obligada a hacer algo que la atenta o violenta y puede generarle un daño


Este 15 de mayo es el Día Internacional de la Objeción de Conciencia. La fecha se fijó con el objetivo de celebrar la resistencia de los objetores de conciencia por la paz y su firme decisión de no formar parte de la guerra armada.

El origen de este día comienza con los grupos pertenecientes a la Internacional de Resistentes a la Guerra que se conformaron a partir del año 1981 y la cual tuvo vigencia hasta el año 1997, llevándose a cabo en algunos países de Europa como España, Austria Francia, Hungría, Turquía y el continente suramericano representado por Colombia.

Desde su creación, el objetivo fue la puesta en marcha de un movimiento activista para la objeción de conciencia y con el transcurrir de los años, se le concedió mayor importancia a todos los miembros de esta organización pertenecientes a países donde su situación era más crítica y precaria.

Cada año, se usa esta fecha para tratar diferentes temáticas de los distintos problemas que confrontan los países y que son de interés para sus ciudadanos como por ejemplo el asilo político para aquellas personas que no han cumplido el servicio militar.

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Sobre este tema, Lexys Rendón, activista en derechos humanos y directora de la ONG Laboratorio de Paz, destaca que la objeción de conciencia parte de dos conceptos específicos: objeción que implica que alguien se opone, rechaza un algo que puede ser un pensamiento, idea, acción, situación, conducta, práctica, deber, obligación legal, etc. La conciencia por su parte, refiere a la razón, el entendimiento, conocimiento que una persona tiene de sí mismo y ese algo externo, supone una lógica, un sentido que genera conductas y acciones consecuentes, pero muy importante le da parámetros de lo que es bueno y malo. Porque este entendimiento o conocimiento se vincula a valores éticos, conceptos religiosos, filosóficos, morales, culturales, incluso a pensamiento ancestral para pueblos y comunidades indígenas, etc.

Por tanto, considera, la objeción de conciencia es negarse, oponerse a realizar una acción por razones que le dan sentido intrínseco a la persona, y de hacerlo significaría una lesión, un daño profundo hacia sí mismo.

“La objeción de conciencia está conectada con el derecho a la Libertad de Pensamiento que es justamente la capacidad del ser humano de generarse, adoptar, sostener y cambiar, convicciones religiosas, éticas, etc. Las cuales generan compromisos y manifestaciones que conforman nuestra libre opinión sobre las cosas y nos permiten desarrollar acciones cónsonas con ese sentido en el ejercicio de nuestra autonomía”.

Sostiene que, la libertad de pensamiento y conciencia es de las principales libertades del ser humano, por tanto, “la objeción de conciencia surge como una herramienta para proteger esas libertades en situaciones que, por diversas circunstancias, la persona estaría conminada u obligada a hacer algo que la atenta o violenta y puede generarle un daño. Reconociendo la importancia de la libertad de pensamiento y conciencia en el ser humano, se inserta como parte de la declaración universal y el pacto de los derechos civiles y políticos, ambos en su artículo 18, considerados de primera generación”.

Este concepto, dice, tiene diversas formas de manifestarse dependiendo de la acción y el marco conceptual. “Históricamente, las acciones más conocidas son aquellas referidas a la praxis médica, a la prensa, la opinión y al servicio militar; sin embargo, esto no exime ni excluye otras manifestaciones”

  ¿La objeción de conciencia es tener libertad de pensamiento?

— Sí, pero no es lo mismo, deriva de. Cada persona tiene la libertad de pensar y en el ejercicio de eso generar un sistema de valores, de conocimiento, de sentido convicciones individuales y/o colectivas con unas prácticas en el entorno social y que puede cambiar, transformarse, incluso rechazarse con el tiempo. Todas las personas tenemos derecho a elegir de forma autónoma y responsable un sentido y unas prácticas para actuar en lo privado y en lo público.

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El derecho a la libertad de pensamiento y conciencia garantiza que una persona pueda ejercer ampliamente y con autonomía las acciones que le dan sentido a su existencia, sin dañar a terceros y protegido de la acción de otredades o del Poder. Basado en la libertad de pensamiento -que no es hacer en la práctica cualquier cosa-, podemos manifestar y asumir prácticas coherentes con esa estructura moral, ética, religiosa, filosófica, cultural, ancestral de conciencia en nuestra vida cotidiana. Pero también nos permite hacer objeciones frente a situaciones que le son contrarias. 

A diferencia de la Libertad de conciencia, de pensamiento, de religión, la objeción de conciencia no está estipulada dentro de los instrumentos internacionales de derechos humanos

— ¿Cuándo la objeción de conciencia choca con la norma legal?

— La objeción de conciencia aparece justamente cuando una norma legal, costumbre, cultura, etc., por diversas razones, se impone como correcta u obligatoria y la persona considera que afecta su estructura de valores y sentido. Específicamente, con la norma legal implica que, a través del Estado, a través de sus instituciones, de su potestad de legislar en contratos y acuerdos sociales, se establecen o prohíben una serie de acciones, conductas, prácticas que son de cumplimiento para los ciudadanos y ciudadanas.

La objeción de conciencia choca con la norma legal cuando la persona no puede cumplirlo porque en su interior, en su sentido de existencia considera que hacerlo está mal, que no es lo correcto. Sin embargo, la objeción de conciencia no se opone a la ley como tal, sino que se apela a la conciencia, al derecho a pensar y evaluar si lo que se le pide es contrario a sus principios bajo los que se inspira su conducta.

Un buen ejemplo que ilustra esto ha sido el alistamiento militar, la formación, el pago de impuestos que se destinan a compras de armas, registros y lo que implica el ámbito militar. Una persona, por razones éticas, religiosas, de otro orden puede considerar que no desea, ni debe formarse, participar en ningún aspecto que implica el posible asesinato de otro ser humano, la represión contra otro/as por medio de las armas, las ocupaciones, la violencia vinculada a las guerras y a las violencias armadas. Por lo que, una norma que obliga a cualquier involucramiento con lo militar choca con sus principios y por tanto se recurre a la objeción de conciencia.  Esto en algunos países implicó y sigue implicando cárcel, persecución, multas, violación a derechos humanos, castigos, etc. Hay Estados donde incluso la objeción de conciencia no es permitida.

Todo Estado basado en la dignidad humana y el respeto a los derechos humanos debe garantizar que todas las personas son iguales ante la ley, y debe ser garante de las libertades con la posibilidad de objeción por razones de conciencia. Afortunadamente, cada vez más, en países no autoritarios se entiende la importancia del respeto a las libertades y la dignidad, y se han ido modificado y creado normas acordes con los derechos humanos, generando alternativas o sustitutorias para que la persona pueda prestar un servicio, un cumplimiento de obligaciones alternativo desde el ámbito de lo civil, sin que esto genere un daño a terceros.

Recomiendo una película del 2016, que se llama ‘Hasta el último hombre’ (Hacksaw Ridge en Inglés) que muestra la vida de Desmond Doss, considerado el primer objetor de conciencia de la historia militar de EEUU, un cristiano Adventista del Séptimo Día, que en la segunda guerra mundial se alista como soldado en el ejército para apoyar en la atención de heridos pero se niega a portar un rifle, por lo que sufrió de mucho acoso y rechazo de sus compañeros. Sin embargo, en la batalla de Okinawa gracias a su actuación salvó la vida de más de 70 compañeros.

Es importante no dejar de mencionar que, frente a delitos, daños, agresiones o violencia contra terceros, violaciones de derechos humanos, daños a la propiedad privada, no se puede amparar bajo la excusa de libertad de conciencia o la objeción de conciencia.

 —  ¿Es necesario un trámite para declararse objetor de conciencia?

 No hay una normativa universal sobre la objeción de conciencia, porque además se expresa en diversas áreas. Sin embargo, hay un principio tácito: la objeción de conciencia no debe significar un obstáculo o retroceso para el ejercicio efectivo de los derechos humanos.

Existen en algunos países que han adelantado algunas formas para dar legalidad a la objeción de conciencia, vinculada sobre todo al ámbito dónde está principalmente se expresa. La práctica de salud es uno de ellos, un personal médico o de enfermería puede negarse por razones religiosas o de otro orden a practicar procedimientos que vayan en contra de su conciencia. Un ejemplo, es practicar un aborto, eutanasia. Existen países como México que colocó un artículo en su Ley de salud que permite excusarse salvo en casos en los que se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica. En Argentina, existe una Regulación y Registro de Objeciones de Conciencia para temas sanitarios. En España, hay legislaciones estadales que a través de decretos crean registros de personal sanitario objetores de conciencia.

Un ámbito donde si hay avances y jurisprudencia del sistema de protección es vinculada a la objeción de conciencia al servicio militar. Considerado un derecho derivado vinculado al derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Tanto desde la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se han emitido resoluciones, aunque países han expresado su rechazo y no adaptación y aplicación formal en muchos países desconociendo la aplicabilidad universal de la objeción de conciencia al servicio militar. 

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Esta jurisprudencia permite que, a pesar de las normativas internas, las personas puedan adherirse a sus libertades y derechos humanos para invocar la objeción de conciencia (mientras no implique violaciones o retrocesos de derechos, delitos o daños a terceros). En términos más o menos formales declararse objetor de conciencia consiste en elaborar una carta con las razones que hacen que una persona se niegue por razones de conciencia a una acción, ya sea entregándola a la autoridad pertinente en el ámbito de su objeción, o a la defensoría del pueblo, sistema de Justicia, etc., o también puede hacer una declaración personal de tipo simbólico.   

En Venezuela, la normativa es ambigua, en el artículo 61 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece el derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, pero la objeción de conciencia no podría invocarse para eludir el cumplimiento de la ley. Lo cual se entiende en casos de delitos, violaciones a derechos o daños a terceros, pero su amplitud y discrecionalidad ha generado conflictos con la garantía real de ejercicio en diversos casos, como la instrucción premilitar en los colegios, el registro en el estamento militar, la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, etc. Excepto con el reclutamiento forzoso que está claramente especificado y se incluye la posibilidad de prestar servicio sustitutorio al militar en situaciones de calamidades.

 — ¿Hay algunas referencias sobre la objeción de conciencia en el país?        

— Si, En el año 1996, existió el movimiento “Elige la Paz” promovido por la Red de apoyo por la justicia y la paz para trabajar por el derecho a la objeción de conciencia que en ese momento no era reconocido por las leyes venezolanas.

Se comenzó haciendo denuncias al reclutamiento forzoso, y como mecanismo de presión se hicieron declaraciones públicas de personas manifestándose como objetores y objetoras de conciencia. Entre ellas el actual Coordinador General de Provea, Rafael Uzcátegui. Esas declaraciones se introdujeron en un documento conjunto en una notaría pública en Caracas, en días próximos al día mundial de la objeción de conciencia.

En el año 2016, se aprobó la ley de alistamiento militar obligatorio, las organizaciones Provea, Espacio Público, Laboratorio de Paz introdujimos un documento en el Tribunal Supremo de Justicia denunciando que el mismo viola parte del derecho a la libertad de expresión y la libertad de conciencia. Con esa ley se creó un registro militar obligatorio que supedita derechos al cumplimiento del mismo, y violenta la posibilidad sustitutoria del servicio militar, discriminando sin causa a los ciudadanos que deseen realizar el servicio civil y en su caso la manifestación de la objeción de conciencia.

Se realizó La Jornada de Objeción de Conciencia #SoyCivilNoMilitar, con participación de 60 activistas de derechos humanos, líderes sociales e individualidades que, en el marco del día de la objeción de conciencia, de forma simbólica y pública expresaron su convicción de objeción a la inscripción y registro por razones de conciencia.

 —  Más allá de las implicaciones morales, ¿Cómo se toma en sociedad a alguien que se declare objetor de conciencia?

 — En este momento, parecería que la objeción de conciencia no es un concepto claro, entendible y asumido. No sólo para resistir a la lógica militar de la sociedad en todos sus aspectos, sino para aferrarse a los valores éticos de la civilidad.

Personalmente, consideró que la sociedad venezolana en las últimas décadas ha incorporado la lógica militar en todas las esferas de la vida privada y pública.  La lógica de la guerra, del enemigo, de la verticalidad incontestable, del verbo de la violencia, de la descalificación de la otredad, así como la generación de organizaciones que replican estructuras de obediencia incontestable alejando cada vez más a las personas de su gen civil.

Hay un camino largo en los retrocesos de las garantías de derecho y la libertad de pensar, de generar conciencia, de tener masa crítica que permita tomar posicionamientos éticos, dignos frente a situaciones que nos han herido profundamente. Necesitamos retomar el camino del entendimiento con una lógica de respeto por la diferencia, sanar dos décadas de guerras reales y simbólicas basada en la polaridad. Pero no es callando, negando el derecho de las víctimas a hablar, a denunciar, a oponerse, a que lo ocurrido que no está bien sea objetado.

La objeción de conciencia es abrazar tu libertad de pensar para decir no frente a conductas que te violentan y porque violentan a terceros porque agreden la dignidad.  Objeción de conciencia es justamente no convertirte en aquello que sabes no está bien, es defender la bondad, la empatía, la voz, la palabra, la posibilidad de ser mejores en la práctica.

Ojalá podamos retomar la importancia de la objeción por razones de conciencia basadas en respeto, inclusión, igualdad y los derechos humanos.

Publicado por Sinergia

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