¿Por qué las personas LGBTIQ+ aún no pueden cambiar de nombre en Venezuela?

15/11/2023. OVVLGBTIQ+ – En Venezuela no existe ninguna Ley integral de Identidad que reconozca las identidades de las personas trans, intersex, queer y no binarias. Aunque existe el artículo 146 de la Ley Orgánica del Registro Civil que permite a las personas cambiar de nombre, aún no se ha hecho efectiva la norma para las personas LGBTIQ+


A la fecha, las personas LGBTIQ+ no pueden cambiar de nombre. Es una de las barreras ante el Estado que impide el goce pleno de los derechos fundamentales de la población LGBTIQ+ en el país. En 2009, tras la reforma de la Ley Orgánica del Registro Civil (LORC), quedó establecido en el artículo 146 que cualquier persona podría cambiar el nombre incluso si este “no se corresponde con su género”. Tras 14 años, lo plasmado en este apartado aún no es una realidad para los venezolanos.

No fue hasta el 14 de julio de 2023 que el Consejo Nacional Electoral (CNE) creó un instructivo para que las personas pudieran cambiar de nombre en sedes administrativas. En la Gaceta Electoral N° 1.025, resolución 230713-059, se sientan las bases para crear un Sistema Automatizado para Acceder al Cambio de Nombre, valiéndose de los artículos 145, 146 y 148 de la LORC. No obstante, aún no ha sido publicado en Gaceta Oficial y no se ha hecho efectiva la norma.

La abogada, docente y activista Richelle Briceño explica que desde que la Asamblea Nacional (AN) escogió la nueva directiva del CNE no se ha obtenido respuestas sobre las solicitudes de hacer efectivo el cambio de nombre para personas LGBTIQ+, principalmente las personas trans, intersex, queer y no binarias. La administración anterior fue la que realizó una modificación al instructivo, que permite el cambio de nombre de cualquier venezolano en sede administrativa y lo publicó en Gaceta Electoral.

Protesta por el cambio de nombre ante el CNE. Foto: Fabrizio Sánchez Di Camillo / Prensa OVV LGBTIQ+

Las personas LGBTIQ+ aún no pueden cambiar de nombre

“El instructivo publicado en Gaceta Electoral continúa en el despacho de quien preside el CNE y no lo ha enviado al respectivo lugar para que sea publicado en Gaceta Oficial y entre en vigencia la norma. Mientras eso no ocurra, los registradores no pueden acatar la norma establecida en esa resolución que permite el cambio de nombre en sede administrativa”, señala Briceño sobre la posibilidad de cambiar de nombre.

El 3 de octubre de 2023 un grupo de 10 organizaciones, incluyendo el Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+ (OVV LGBTIQ+), solicitó ante la sede del CNE en Caracas una respuesta sobre el proceso del cambio de nombre. Briceño comentó que se solicitó algún tipo de puente con algunas autoridades, con la rectora Rosalba Gil, que preside la comisión de registro civil y electoral, pero no hubo respuesta concreta.

La abogada alertó sobre una posible obstaculización para garantizar los derechos de la población LGBTIQ+ dentro del CNE, específicamente el derecho a cambiar de nombre, incluyendo de quien lo preside y la consultoría jurídica, que indica se ha manifestado en reiteradas ocasiones en contra de estas medidas. Al igual que otros activistas, señaló falta de voluntad política.

“Asumieron una responsabilidad, un proceso de automatización de los registros civiles para hacer esta solicitud a través de la página web y tampoco se ha materializado. Fue un ofrecimiento que realizó la administración del CNE saliente y, apelando al principio de continuidad administrativa, esta nueva directiva debe cumplir los acuerdos”, sentenció Briceño.

Cambiar de nombre le permitiría a las personas LGBTIQ+ avanzar en el reconocimiento de sus identidades. Foto: Fabrizio Sánchez Di Camillo / Prensa OVV LGBTIQ+.

Expuestos a la violencia y la discriminación

Distintas organizaciones exhortaron en octubre que es urgente que se atienda a la comunidad trans, intersex, queer y no binaria para que se les garantice el reconocimiento de su identidad legal en Venezuela, no solo a través del cambio de nombre, si no también creando en la AN una Ley Integral de Identidad de Género que beneficie a todas las personas LGBTIQ+ y a toda la ciudadanía.

“Afecta el libre desenvolvimiento de la personalidad, es uno de los supuestos que se encuentra establecido, no solo en la LORC y el reglamento, también está en el instructivo y la Constitución. El no poder acceder a ese derecho de manera oportuna, pone vidas en riesgo. Además, trunca y obstaculiza proyectos de vida de personas que quieren estar en Venezuela, que quieren estudiar y acceder a distintos servicios, y no lo hacen por no tener una identidad legal que corresponda con su género o expresión de género”, lamenta Briceño.

La abogada y docente señaló que no permitir a las personas cambiar de nombre y garantizar el reconocimiento a una identidad de género autopercibida limita el acceso a los derechos en condiciones de igualdad y expone a esta población vulnerable a la violencia y discriminación, por lo tanto, estudiar, ir a un banco, trasladarse por las carreteras del país, pasar por alcabalas, acceder a la educación, a la salud, suele ser un “calvario”.

“Estamos exigiendo nuestro derecho a la identidad, tanto a les chiques que no pueden venir debido a que son de otras regiones del país, como a les chiques que vinieron y que están acá. No elegimos a quién amar. Nacemos sabiendo que somos trans”, dijo Noah Moncada, activista de Trans AFAB durante la convocatoria de octubre ante el CNE.

El OVV LGBTIQ+ pone a la orden los canales de denuncia ante cualquier hecho de violencia hacia la población LGBTIQ+, como su página web (nomasdiscriminacion.org), su correo (denuncia@nomasdiscriminacion.org), WhatsApp y Telegram (0424-2061493 y 0412-5750503) y redes sociales (@OVVLGBTIQ en Twitter y @nomasdiscriminación en Instagram).

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