Comunidad trans exigió en intervención ante la AN que se respete el artículo 146 de la Ley Orgánica del Registro Civil

Crónica.Uno

La activista por los derechos de la comunidad LGTBIQ+ y abogada Richelle Briceño se expresó por más de 20 minutos frente a la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral a la que pidió que haga un exhorto al CNE para que se permita el cambio de nombre de las personas trans, el cual está garantizado por el artículo 146 de la Ley Orgánica de Registro Civil desde hace más de 12 años.


(13-05-2022). Luego de que fuese pospuesta en tres ocasiones distintas, este miércoles finalmente se le otorgó el derecho de palabra a los representantes de la comunidad trans en la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral.

La encargada de dirigirse a los diputados fue la activista por los derechos de la comunidad LGBTIQ+ y abogada, Richelle Briceño, quien desde horas de la mañana acompañó una manifestación pacífica de miembros de la comunidad a las afueras del Palacio Federal Legislativo.

Richelle Briceño hablando frente a la comisión. Foto: Héctor Antolínez

En su intervención, Briceño, quien es una mujer trans, explicó que su comunidad, así como las comunidades intersexuales y no binarias, “han sido históricamente discriminadas” en el país, algo que no se limita al Estado y sus instituciones sino a la propia sociedad venezolana.

«Existimos personas trans que nuestra identidad de género, nuestra autopercepción, no corresponde con el sexo biológico que se nos asignó al nacer ni a la imposición social que nuestros padres nos adjudicaron al nacer. Es ahí cuando manifestamos una identidad de género distinta, es ahí cuando hablamos de personas trans», explicó.

Briceño afirmó que, en la mayoría de los casos, las personas trans una vez manifiestan el género con el que se identifican son expulsadas de sus hogares, algo que los deja en una situación de indefensión que suele terminar en “el trabajo sexual o el estilismo”. Agregó que casos como el de ella, de una mujer con títulos universitarios y una estructura de apoyo a su alrededor, es “un caso entre mil”.

«Estoy segura que cuando ustedes ven a una persona en esta situación en la calle no le preguntan por qué está en esa situación; nosotros sí, nuestra comunidad sí, y la respuesta que nos dan es porque no tienen otra alternativa, porque no tienen apoyo del Estado, porque no hay políticas públicas para su protección”, expresó.

Esa realidad que Briceño narró fue solo una de las tantas formas en las que según su intervención sufren las personas trans. Contó también como en una ocasión fue desnudada en un aeropuerto por el simple hecho de que su nombre legal no correspondía (el que se expresa en sus documentos de identificación), con su identidad de género.

También contó la experiencia de “un compañero intersexual que fue detenido en la oficina del Saime en Coche”.

«Es una persona intersexual, que nació con los dos sexos y cuando nació lamentablemente sus padres y el médico decidieron mutilarlo porque el niño tenía que estar dentro del código binario permitido. O eres niño o eres niña. No le permitieron a mi compañero intersexual desarrollarse, tomar conciencia sobre sí mismo y decir ‘soy hombre, me siento como un hombre’ porque él nació con los dos sexos ¿Es su culpa? No. ¿Es culpa de la comunidad trans ser trans? No. Hay mitos que impulsan que se trata de una decisión y no es así. ¿Quién elige ser discriminado diariamente? Nadie”, explicó.

Tras exponer este tipo de experiencias y otras ante los diputados de la Comisión, Briceño pidió a los parlamentarios que se respete lo que establece el artículo 146 de la Ley Orgánica del Registro Civil, algo que, afirman, no se aplica desde las instituciones del Estado por una postura discriminatoria que permite el cambio de nombre para algunos ciudadanos, pero que lo niega cuando la persona que solicita el cambio es trans.

Artículo 146. Toda persona podrá cambiar su nombre propio, por una sola vez, ante el registrador o la registradora civil cuando éste sea infamante, la someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad.

Si se tratare de niño o niña, el cambio se efectuará mediante solicitud del padre, madre o representante; si es adolescente mayor de catorce años podrá solicitar personalmente el cambio de nombre propio; una vez alcanzada la mayoría de edad podrá volver a solicitar el cambio de nombre por una sola vez.

En los casos de colocación familiar de niños, niñas y adolescentes, no se permitirá el cambio de nombre propio sin autorización judicial previa.

El registrador o la registradora civil procederá a la tramitación del cambio de nombre propio, mediante el procedimiento de rectificación en sede administrativa.

Briceño explicó que hacer respetar el artículo 146 no va a acabar con la discriminación en Venezuela, pues dijo que para eso se requiere “un trabajo sociocultural y educativo”, pero añadió que esto al menos permitiría “acceder a un nombre que corresponde con nuestra existencia”.

La intervención de Richelle Briceño ante la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral es el paso más reciente que dio la comunidad LGBTIQ+ en la lucha por sus derechos ante las instituciones del Estado.

Mientras Richelle Briceño hablaba ante los diputados, miembros de la comunidad LBGTIQ+ se manifestaban pacíficamente en las afueras del Palacio Federal Legislativo. Foto: Héctor Antolínez

La propia Briceño ha acudido en un par de ocasiones ante el Consejo Nacional Electoral para solicitar ante la Comisión de Registro Civil que se respete el artículo 146. En el último encuentro, un grupo de abogados del ente comicial dijo que acudirá al Tribunal Supremo de Justicia para pedir una interpretación del texto, algo que la propia Briceño condenó afirmando que no solo el artículo es explícito, sino que además el artículo 15 de la misma Ley Orgánica del Registro Civil beneficia la protección de los derechos humanos como es en este caso el derecho a la identidad.

Artículo 15. En caso de dudas en la interpretación y aplicación de esta Ley se preferirá aquella que beneficie la protección de los derechos humanos de las personas.

Resta esperar para ver si desde la AN se emite el exhorto que la comunidad trans espera que se haga a la Comisión de Registro Civil del CNE, algo que podría pasar en los próximos días si la voluntad política acompaña la solicitud hecha por Briceño ante los diputados.

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