Seniat: qué trámites y requisitos han cambiado para contribuyentes y comercios

El organismo modificó las normas sobre el RIF, suspendió temporalmente la exigencia de exhibir algunos documentos y anunció cambios en los sistemas utilizados para la facturación

FUENTE ORIGINAL: EL DIARIO. –


La modernización, digitalización y automatización de procesos se convirtieron en algunos de los principales ejes de la nueva dirección del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), luego de que el 7 de julio Román Maniglia asumiera como superintendente nacional aduanero y tributario, en sustitución de José David Cabello, quien pasó a presidir la Petroquímica de Venezuela (Pequiven). El cambio puso fin a los 18 años de Cabello al frente del organismo.

Desde la llegada de Maniglia, el organismo ha anunciado una serie de modificaciones dirigidas a simplificar trámites, reducir requisitos y avanzar hacia la digitalización de los procesos tributarios.

Entre las medidas se encuentran cambios en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), la eliminación de determinadas exigencias para los comercios, la interconexión con otros organismos públicos y modificaciones en los requisitos para los sistemas informáticos utilizados en la facturación.

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Foto: El Informador Venezuela

Eliminación de la exigencia de exhibir documentos ya registrados

Una de las primeras medidas anunciadas fue la suspensión temporal de las multas a los establecimientos comerciales que no exhiban documentos como el Registro Único de Información Fiscal (RIF) o la declaración del impuesto sobre la renta (ISLR) del año anterior.

La medida quedó establecida en la Circular SNAT/2026/4610, del 30 de julio, mediante la cual Maniglia instruyó a los funcionarios del Seniat a no exigir la exhibición de estos documentos ni de otros cuya información ya se encuentre previamente cargada en la base de datos del organismo. La medida tiene carácter temporal y se mantendrá mientras el Seniat establece mecanismos electrónicos y telemáticos para verificar la información y avanzar hacia un sistema de supervisión digital de los comercios.

En una publicación en la cuenta de Instagram del organismo, el superintendente señaló que la decisión forma parte de una ruta de modernización, digitalización y automatización destinada a facilitar la gestión de los contribuyentes y eliminar barreras en los procesos de formalización.

Según explicó Maniglia, el Seniat también revisa sus marcos normativos para avanzar hacia una mayor interconexión entre los actores que participan en el sistema tributario y evitar procesos manuales, como la impresión de documentos cuya información ya se encuentra disponible en las bases de datos del organismo.

El RIF deja de tener fecha de vencimiento

Otro de los cambios corresponde al Registro Único de Información Fiscal (RIF), cuya normativa fue modificada por el Seniat para eliminar la fecha de vencimiento del documento. La reforma fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.º 43.435, del 12 de agosto de 2026.

La modificación está contenida en la Providencia Administrativa SNAT/2026/00080, que establece que el RIF tendrá carácter permanente. De esta manera, los contribuyentes ya no deberán renovarlo periódicamente debido al vencimiento del documento.

Seniat elimina la fecha de vencimiento del RIF y modifica trámites de actualización

Sin embargo, que el RIF ya no tenga fecha de vencimiento no significa que los contribuyentes puedan dejar de actualizar sus datos cuando corresponda. La nueva normativa mantiene la obligación de modificar la información registrada ante el Seniat cuando se produzcan cambios que deban ser comunicados a la Administración Tributaria.

Seniat y Saren avanzan en la interconexión de sus sistemas

La simplificación de trámites también contempla la conexión de los sistemas del Seniat con otras instituciones públicas. La presidenta encargada, Delcy Rodríguez, anunció el 15 de agosto que el Seniat y el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) comenzarían a interconectar sus sistemas en los próximos días, con el objetivo de reducir la duplicación de trámites.

El objetivo es que la información suministrada por un ciudadano durante un trámite ante el Saren pueda incorporarse directamente al sistema del Seniat, de manera que no tenga que entregar nuevamente datos que ya fueron proporcionados a otro organismo público.

Se elimina la cartelera de documentos tributarios

Otra de las medidas anunciadas fue la eliminación de la cartelera fiscal que los establecimientos comerciales debían mantener para exhibir determinados documentos tributarios.

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Foto: Seniat

Rodríguez ordenó que los organismos del Ejecutivo nacional, regional y municipal dejen de exigir a los comerciantes la exhibición física de esta cartelera. La decisión fue anunciada el 15 de agosto, tras una reunión con la ministra de Economía y Finanzas, Anabel Pereira, y el superintendente del Seniat, Román Maniglia.

La medida no significa que los documentos tributarios dejen de ser necesarios. El cambio se refiere a la obligación de exhibirlos físicamente en una cartelera, mientras que la información podrá ser verificada mediante los sistemas de las instituciones públicas.

Eliminación de la homologación de sistemas informáticos para facturación

El Seniat eliminó la exigencia de homologación de los sistemas informáticos utilizados para la emisión de facturas y otros documentos fiscales. La modificación está contemplada en la Providencia SNAT/2026/00084, que derogó la Providencia SNAT/2024/000121, normativa que establecía las condiciones y requisitos que debían cumplir los proveedores de estos sistemas para su autorización y homologación. La norma de 2024 fue publicada en la Gaceta Oficial N.º 43.032.

En términos prácticos, los contribuyentes ya no tendrán que utilizar sistemas informáticos que hayan pasado por ese proceso de homologación ante el Seniat.

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Foto: Cortesía/Archivo

El cambio busca reducir las barreras técnicas y los costos asociados a la utilización de sistemas de facturación, especialmente para pequeños comercios, emprendedores y empresas que requieren herramientas informáticas adaptadas a sus procesos.

El organismo precisó que la eliminación de la homologación no implica que desaparezca la obligación de utilizar máquinas fiscales cuando la normativa establezca que un determinado contribuyente o actividad debe emplearlas.

Por tanto, el cambio se refiere al requisito de homologación de los sistemas informáticos y no elimina las demás obligaciones relacionadas con la emisión de facturas. Los requisitos aplicables dependerán del tipo de actividad, las características del contribuyente y las disposiciones fiscales correspondientes.

La eliminación de la homologación también puede facilitar el uso de sistemas informáticos para generar documentos bajo la modalidad de Forma Libre, aunque estos deberán cumplir con los requisitos fiscales establecidos por el organismo.

Las medidas anunciadas desde la llegada de Maniglia apuntan a trasladar parte de los procesos que dependían de documentos físicos y requisitos técnicos hacia mecanismos digitales e interconectados. Sin embargo, la simplificación de estos trámites no supone la eliminación de las obligaciones tributarias que correspondan a cada contribuyente.

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