Fuente original: La Silla Vacía. – Desde la reanudación de las relaciones diplomáticas con Venezuela en 2022, el Estado colombiano ha promovido una narrativa de “normalización” que ha coincidido con un repliegue sostenido de los mecanismos de protección y regularización para personas venezolanas en situación de movilidad humana.
La política migratoria ha dejado atrás un enfoque orientado a la garantía de derechos para adoptar una lógica de disuasión, exigencias de difícil cumplimiento y exclusión programada, cuya implementación resulta difícil de cuestionar, dado que no se materializa en negaciones explícitas, sino en la inacción institucional, la dilación de procesos y la creación de obstáculos administrativos que, en la práctica, impiden el acceso efectivo a mecanismos de regularización y por tanto de garantía de derechos.
Aunque parezca obvio para quienes lo viven a diario, es importante recordarlo, Venezuela no es un país seguro. El presupuesto implícito detrás del repliegue de las medidas de protección a personas venezolanas es que las condiciones en Venezuela han mejorado, incluso haciendo eco de la narrativa oficial de un retorno masivo voluntario.
Sin embargo, esta premisa no solo es falsa, sino que desestima evidencia ampliamente documentada. Según el Informe Anual 2024 de Amnistía Internacional, Venezuela continúa inmersa en una crisis prolongada de derechos humanos caracterizada por detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza, tortura, censura sistemática, criminalización de defensores de derechos humanos, sindicalistas y opositores políticos, así como una ausencia total de independencia judicial. La concentración del poder en el Ejecutivo ha consolidado un aparato de represión cada vez más sofisticado y difícil de contrarrestar.
Las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024 marcaron un nuevo punto de inflexión. A los patrones preexistentes de represión se sumaron nuevas tácticas orientadas a silenciar la disidencia política y castigar a su entorno cercano. Miles de personas huyeron del país en los días siguientes al proceso electoral. Una migración forzada impulsada por el temor fundado a represalias, judicializaciones arbitrarias y desapariciones. Ignorar desde Colombia esta realidad, o subestimar sus implicaciones, equivale a una forma de negación institucional que termina validando un enfoque restrictivo que no reconoce las necesidades de protección internacional ni el carácter forzado de este movimiento.
La nueva política migratoria no facilita la regularización
Tras el cierre definitivo del registro que conduce al Permiso por Protección Temporal (PPT), el Estado colombiano no ha habilitado mecanismos sustitutivos que garanticen una respuesta adecuada y accesible para las personas venezolanas que continúan llegando al país en situación de necesidad de protección.
Esto bajo la premisa de que la situación de urgencia que llevó a su implementación cesó. En lugar de desarrollar rutas complementarias y diferenciadas, las autoridades han restringido el acceso a la regularización migratoria a mecanismos ordinarios como el sistema de visados y el procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado que, en la práctica, resultan excluyentes para la mayoría de estas personas.
El sistema ordinario de visados, incluyendo la recientemente implementada Visa V de Visitante Especial, establece una serie de requisitos acumulativos que son imposibles de cumplir para muchas personas venezolanas en situación de migración forzada. El propio diseño del proceso que exige pasaporte vigente, antecedentes penales y muchos otros documentos apostillados, que no pueden obtenerse en Venezuela sin riesgo, constituye una barrera estructural.
Aunque no hay una negativa expresa, la ausencia de decisiones oportunas o razonables deja a las personas atrapadas en procesos indefinidos que terminan en el desistimiento, generando una desprotección fáctica incompatible con los principios de protección internacional y que pese a sus esfuerzos les deja en situación de irregularidad.
Por su parte, el procedimiento de refugio, aunque jurídicamente disponible, no puede entenderse como una alternativa viable en su estado actual. Este mecanismo fue concebido para responder a solicitudes individuales, no para absorber grandes flujos ni reemplazar una política de regularización integral.
Solo basta con ver las cifras, entre enero y diciembre de 2024, el Grupo Interno de Trabajo de Determinación de la Condición de del Ministerio de Relaciones Exteriores admitió 9.163 solicitudes de las cuales cerca del 95% correspondían a personas venezolanas, siendo los tiempos de espera superiores a los tres años, en un contexto de acumulación estructural de expedientes y sin capacidad institucional suficiente para garantizar una respuesta oportuna.
El uso instrumental del sistema de refugio como única vía de regularización no solo desconoce su diseño normativo, sino que convierte este mecanismo en una herramienta de contención técnica y postergación administrativa. Al carecer de ajustes normativos y presupuestales que respondan a la realidad del flujo migratorio forzado, el sistema colombiano de refugio opera hoy como un cuello de botella que desalienta el acceso a la protección, en lugar de facilitarlo.
Adicionalmente, el procedimiento exige comparecencia personal, narrativas detalladas de persecución, y la presentación de pruebas que en algunos casos resultan inalcanzables para muchas personas que han huido de forma precipitada, sin preparación ni redes de apoyo.
La Visa V – Visitante Especial, una promesa que se desvaneció
La magnitud de la exclusión es alarmante. De acuerdo con Migración Colombia, más de 452.000 personas venezolanas se encuentran actualmente en situación migratoria irregular en el país, de esa cifra más de 181.000 han perdido su estatus legal tras el vencimiento del Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), una figura que no habilita derechos ni acceso a rutas estables de regularización.
Este panorama evidencia que una parte significativa de la población venezolana en Colombia permanece al margen del sistema de protección estatal, con un alto riesgo de exclusión prolongada y vulneración de derechos fundamentales, desconociendo también las responsabilidades adquiridas en el sistema interamericano.
Por ello, se creía que el anuncio de la creación de una visa especial para personas venezolanas en situación irregular que se hizo en septiembre de 2024, en medio de una coyuntura crítica era una respuesta a estas demandas. Miles de personas habían cruzado la frontera tras las elecciones del 28 de julio, huyendo de un nuevo ciclo de represión y criminalización. La noticia generó altas expectativas entre quienes buscaban protección en Colombia, alimentando la percepción de que el Estado adoptaría un mecanismo extraordinario para atender una situación claramente excepcional.
La Resolución 2509 de 2024, expedida en diciembre, formalizó la Visa V – Visitante Especial, pero sin habilitar de inmediato un procedimiento claro ni un canal de solicitud disponible. Durante semanas, las personas interesadas aguardaron en situación de indefinición, mientras sus Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP) se acercaban a su vencimiento, sin rutas claras para transitar hacia un estatus seguro que les generara algo de estabilidad.
Sin embargo, la espera no trajo consigo buenas noticias, para marzo de 2025 cuando se suponía empezaban a recibirse solicitudes para este nuevo visado, la respuesta ha sido una ola de negaciones incluso antes de presentar los documentos. Las personas se encontraron con múltiples barreras, tanto en los documentos como en las interpretaciones realizadas por los funcionarios, quienes les alegan bajo una interpretación arbitraria, no cumplir con los requisitos para ser considerados.
En abril de 2025, una respuesta oficial reveló la interpretación restrictiva del Ministerio de Relaciones Exteriores: la visa estaría limitada exclusivamente a personas en situación irregular antes del 4 de diciembre de 2024, excluyendo a quienes ingresaron desde finales de julio por pasos oficiales. Este requisito no aparece en el articulado normativo, sino que se deduce de los considerandos de la resolución, lo cual no necesariamente conduce a esta interpretación y que parece haberse generado para dejar por fuera del mecanismo, de manera deliberada, precisamente a estas personas que tuvieron que huir después de las elecciones.
Esta práctica excluye de forma sistemática a personas con mayores necesidades de protección, como aquellas que por su oficio en la defensa de derechos y en visibilizar la situación en Venezuela están siendo perseguidas. Más allá del problema interpretativo, la implementación carece de lineamientos públicos, canales diferenciados o medidas de flexibilización frente a requisitos imposibles de cumplir, como la presentación de antecedentes penales desde un país que les criminaliza.
La Cancillería ha insistido en que se trata de un procedimiento discrecional y sin derecho a recurso. Sin embargo, la discrecionalidad no puede ejercerse de forma absoluta ni arbitraria. La Corte Constitucional ha señalado que incluso los actos discrecionales deben respetar los principios de proporcionalidad, razonabilidad, buena fe y protección efectiva de los derechos fundamentales. Y a nivel interamericano, se establece que las decisiones migratorias deben ser compatibles con estándares de accesibilidad, no discriminación y adecuación al contexto de protección internacional.
En suma, la Visa V se consolidó como un mecanismo excluyente, opaco y regresivo, que prometió regularización pero entregó obstáculos. Su diseño e implementación reflejan un giro institucional contrario al enfoque de derechos humanos y una omisión deliberada de las herramientas normativas disponibles para crear mecanismos verdaderamente excepcionales, como lo permite el artículo 14 de la Ley 2136 de 2021.
Colombia está viviendo un giro preocupante, ha pasado de ser reconocida como ejemplo regional de protección migratoria a aplicar mecanismos de exclusión bajo una fachada normativa. Se imponen requisitos imposibles, se cierran vías reales de protección y se sustituyen las decisiones explícitas por dilaciones administrativas. Negar la crisis en Venezuela, exigir lo imposible y llamar a eso “soberanía” es, en realidad, una forma de abandono institucional que no resiste el análisis jurídico.