De ser aprobado, el llamado proyecto de ley antisociedad pondrá en jaque a asociaciones civiles y fundaciones, que atienden a víctimas y personas vulnerables en Venezuela, pues dará al Estado un control absoluto sobre aquellas, violando así diversidad de derechos
(19-02-2024) El proyecto de ley de fiscalización, actuación y financiamiento de las organizaciones no gubernamentales y afines volvió a ser noticia luego de que a finales de enero fue aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional.
Numerosas organizaciones internacionales y nacionales levantaron su voz en contra, al asegurar que el texto planteado viola distintos derechos humanos e instrumentos legales nacionales e internacionales.
Ante esta situación, el equipo de El Pitazo en la Calle invitó al abogado y codirector de Acceso a la Justicia, Alí Daniels, a participar en el forochat del 8 de febrero. El evento se realizó a través de WhatsApp y contó con la participación de 853 lectores de El Pitazo.
En su ponencia, el invitado listó varios de los inconvenientes que trae consigo el texto de este proyecto de ley, así como los argumentos que utiliza el Estado para justificar su aprobación.
Daniels señaló que el Estado afirma que el derecho de asociación no está suficientemente regulado, aun cuando el Código Civil y unos 40 instrumentos legales adicionales hablan de ello.
“Otro argumento es que se busca prevenir el lavado de capitales, aunque el Grupo de Acción Financiera del Caribe indicó que solo 0,4 % de las ONG en el país presentan un alto riesgo de lavado”, comentó Daniels. “El supuesto abuso de la libertad de asociación es la otra justificación, pero hoy día constituir una asociación civil o fundación es casi un milagro”, agregó.
Al ser consultado sobre el porqué ha generado tanta controversia este proyecto de ley (también llamada ley antisociedad o ley sobre las ONG), el invitado listó los siguientes puntos:
- Cambia el régimen de la libertad de asociación a uno regresivo. Actualmente, los grupos se asocian y luego notifican al Estado, pero con la nueva ley será necesaria una aprobación previa para poder asociarse.
- Se restringe la autonomía normativa y de gestión, pues se imponen obligaciones generales que no toman en cuenta la naturaleza de cada sociedad.
- Violenta la autonomía de pertenencia y alcance geográfico de las organizaciones, al obligarlas a tener un registro por cada estado en el que deseen operar.
- Las ONG no serán reconocidas como personas jurídicas hasta que la Vicepresidencia de la República lo dicte a través de una resolución, incluso cumplido ya todo su proceso de registro.
- Es una ley retroactiva, pues obliga a las organizaciones a inscribirse en un nuevo registro, indistintamente si ya lo están en el actual, desconocen así su personalidad jurídica previamente adquirida.
- Se obliga a las organizaciones a aceptar como un asociado a todo funcionario público que desee unirse a ellas, sin posibilidad de evaluarlo y con los mismos derechos que otros asociados.
- Obliga a las organizaciones a revelar cualquier información que les sea solicitada por el Estado, sin importar su origen o los riesgos que ello conlleve.
Daniels se detuvo sobre estos dos últimos puntos y señaló los riesgos tan grandes que representan. “Imaginen que un funcionario de la Dgcim, Sebin o cualquier otro órgano del Estado quiera entrar a una ONG para vigilarla o hacer cualquier cosa; esta no podrá negarse y lo peor es que ese funcionario tendrá los mismos derechos que otros asociados. Además, no es que solo sea uno, pueden ser dos, cinco, diez o los que quiera el Estado”, alertó.
“Asimismo, imaginen lo peligroso que es para las víctimas de violación de derechos humanos y personas en situaciones vulnerables que reciben ayuda de las ONG, que el Estado pida a esas asociaciones su información”, explicó.
¿Y las organizaciones internacionales?
Durante el forochat, la audiencia preguntó a Daniels sobre el impacto que tendría la aprobación de esta ley en organizaciones no gubernamentales internacionales que operan en Venezuela. Casos como Save The Children, Hospital San Juan de Dios, instituciones educativas dirigidas por congregaciones religiosas y otras.
Daniels contestó que las organizaciones que no están domiciliadas en el país, pero con proyectos aquí, deben cumplir con las mismas exigencias que el resto, pero con un requisito adicional.
“Estas instituciones deben inscribirse en un registro supervisado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y actualmente hay al menos 21 ONG que lo hicieron hace más de dos años y siguen sin recibir el certificado de inscripción, por lo que tampoco podrían inscribirse en el nuevo registro que crea el proyecto de ley”, argumentó.
Sobre las instituciones educativas regidas por congregaciones religiosas, el abogado comentó que la mayoría también se verá afectada, porque gran parte está adscrita a fundaciones asociadas con las Iglesias. Por consiguiente, estarán obligadas por la ley.
“Por último, las organizaciones multilaterales, amparadas por embajadas, Naciones Unidas y similares, también estarán reguladas por esta ley, ya que la mayoría está erigida sobre la figura de asociaciones civiles”, concluyó.