El poco poder adquisitivo de las personas en Venezuela vulnera los derechos económicos y sociales. El Estado no crea las políticas necesarias para garantizar calidad de vida a los trabajadores y trabajadoras
Emmanuel Rivas/Caleidoscopio Humano
(01-05-2022) El 1 de mayo se conmemora en el mundo el Día del Trabajador, una fecha que reivindica la lucha por los derechos laborales y sociales de la clase trabajadora.
En Venezuela esta lucha es diaria. Durante el año 2021, el Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS) documentó 4.853 protestas relacionadas con la exigencia de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA).
Estas protestas fueron encabezadas por trabajadores de diferentes sectores productivos del país.
Durante el mes de marzo 2022, se reportaron más de 600 manifestaciones públicas donde, la principal exigencia estaba relacionada con los derechos laborales, las reivindicaciones salariales y pensiones justas.
Pulverización del salario
Venezuela tiene un ingreso mínimo oficial que, en el mes de marzo, aumentó a cerca de 28 $. El más bajo de Latinoamérica y uno de los más bajos del mundo.
De acuerdo con el Banco Mundial, toda persona que gane menos de 1,9 $ al día, se considera en condición de pobreza extrema. En Venezuela, el salario diario oficial es de 0,96 centavos de dólar.
De allí se desprenden los datos de la Encuesta Nacional de Condiciones de Vida (Encovi-2021) realizada por la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB), la Universidad Central de Venezuela (UCV) y la Universidad Simón Bolívar (USB), que ubicó la pobreza extrema en 76,6 % y la pobreza en 94,5 %.
Esto refiere que, de cada 10 personas en Venezuela, 9 están en condición de pobreza.
A los bajos salarios percibidos, en su mayoría, por empleados públicos, se suma el encarecimiento de los productos de primera necesidad.
En marzo 2022, para poder hacer un mercado compuesto con -al menos- 80 productos, se requerían 370 $ o 1.666,14 bolívares, señaló el Observatorio Venezolano de Finanzas (OVF). Esto equivale a 13,2 salarios mínimos para el mercado de un mes.
El OVF además informó que, durante el mes de marzo, la inflación se ubicó en 10,5 %. Un aumento que contrasta con el 1,7 % de desvalorización reportado en el mes de febrero por el mismo Observatorio de Finanzas.
“La inflación en Venezuela sigue viva”, señaló José Guerra, vocero del OVF, asegurando que el Impuesto a las Grandes Transacciones Financiera (IGTF) se llevó el aumento salarial decretado en marzo.
“Venezuela sigue teniendo una tasa inflacionaria alta y, por tanto, el salario mínimo sigue rezagado con respecto al costo de la canasta alimentaria”, enfatizó el economista.
Criminalización de la lucha laboral
Como todos los demás sectores, la lucha sindical y laboral en Venezuela también ha sido criminalizada. El gobierno venezolano ha encarcelado a lideres sindicalistas por exigir reivindicaciones que están ligadas a la dignificación de los trabajadores y sus familias.
El Comité de Familiares y Amigos por la Libertad de los Trabajadores Presos señaló que, hasta abril de 2022, existen -al menos- 16 trabajadores judicializados y detenidos por defender derechos laborales o denunciar corrupción en Venezuela.
Uno de los casos más emblemáticos de esta criminalización, ha sido el del extrabajador de Ferrominera del Orinoco, Rodney Álvarez.
Álvarez fue liberado, con régimen de presentación, el pasado 15 de abril tras más de 11 años privado de su libertad, 25 audiencias diferidas, diez reinicios de juicio y tres atentados contra su vida dentro de la cárcel.
Otro dirigente que también fue liberado en los últimos días, fue Eudis Girot, trabajador petrolero encarcelado el 18 de noviembre de 2020 acusado de supuestos delitos asociados al terrorismo.
La liberación de Girot ocurre, el pasado 25 de abril, en medio de la visita a Venezuela de una comisión de alto nivel de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Organismo que ha sido recurrente en su solicitud de libertad para todos los trabajadores y sindicalistas detenidos en el país.
Eudis Girot es director ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores Petroleros de Venezuela (Futpv) y fue privado de su libertad luego de participar en protestas para exigir beneficios salariales y laborales para trabajadores de ese sector.
Una vida de trabajo condenada a la pobreza
Trabajar por años para contribuir al desarrollo del país, luego disfrutar de una pensión digna y una vida tranquila es posible en muchas naciones del mundo. En Venezuela es solo un sueño.
Las personas jubiladas y pensionadas han tenido que salir a las calles a manifestar por las bajas retribuciones que reciben y que no les permite cubrir las necesidades más básicas como alimentación, salud y recreación.
En Venezuela, de acuerdo con cifras oficiales, hay 5.003.987 personas pensionadas (incluyendo las beneficiadas con la Misión Amor Mayor), quienes reciben, desde el mes de marzo, cerca de 28 dólares al mes. Un monto que no cubre, ni siquiera, la canasta de supervivencia de una semana.
Desde el 16 de junio de 1995, tras un decreto presidencial, la pensión en Venezuela debe ser igual al sueldo mínimo oficial. Es decir, aumenta el salario mínimo y, automáticamente, aumentan las pensiones.
Para ese año, la pensión por jubilación de un trabajador venezolano era de 51.7 $, en el año 2000 llegó a 330 $, pero, 20 años después; la pensión en Venezuela se ubicó en 1 $ mensual.
La casa de retiro o viajar por el mundo tras recibir la jubilación, es solo un anhelo de millones de personas que trabajaron y aportaron para que Venezuela fuese el país que fue y que, lamentablemente, ya no es.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en 1999 en su artículo 91 establece:
“Todo trabajador o trabajadora tiene derecho a un salario suficiente que le permita vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia las necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales.
Se garantizará el pago de igual salario por igual trabajo y se fijará la participación que debe corresponder a los trabajadores y trabajadoras en el beneficio de la empresa. El salario es inembargable y se pagará periódica y oportunamente en moneda de curso legal, salvo la excepción de la obligación alimentaria, de conformidad con la ley.
El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras del sector público y del sector privado un salario mínimo vital que será ajustado cada año, tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica. La ley establecerá la forma y el procedimiento”.
Mientras que el artículo 92 establece que:
“Todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad en el servicio y los amparen en caso de cesantía. El salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozarán de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal”.
El respeto y la reivindicación laboral es una obligación del Estado, no hacerlo y, además, criminalizarlo, se convierte en una violación a los derechos humanos y de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (Desca).