Las ONG, además de ajustar sus estatutos para cumplir con una lista extensa de requisitos, ahora tienen menos tiempo para organizarse
(06-12-2024) La Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Organizaciones Sociales sin Fines de Lucro, conocida popularmente como Ley Antisociedad, fue aprobada por la Asamblea Nacional (AN) el 15 de agosto de 2024. Sin embargo, la Gaceta Oficial (GO) con la que entró en vigencia no se dio a conocer sino hasta el martes 3 de diciembre, casi tres semanas después del 15 de noviembre, fecha que se lee en el documento de la GO número 6.855 Extraordinaria.
Este retraso tiene consecuencias prácticas críticas para las Organizaciones No Gubernamentales (ONG). La ley establece un plazo de 90 días para que las existentes se reinscriban bajo las nuevas normativas, pero al haberse demorado su divulgación, ese lapso efectivo quedó reducido a 72 días.
El impacto de este retardo en la divulgación de la Gaceta Oficial es importante. Además de ajustar sus estatutos para cumplir con una lista extensa de requisitos, ahora tienen menos tiempo para organizarse, lo que pone en peligro su existencia y agrava la carga operativa en un contexto ya de por sí restrictivo, de acuerdo al análisis del codirector de Acceso a la Justicia, Ali Daniels.
“Esto no es un hecho aislado. Nuestra investigación «Las gacetas perdidas» ha documentado al menos 50 casos similares, y hay gacetas que nunca han aparecido, como la de la Ley de Presupuesto”.
Una estrategia recurrente
La publicación tardía de leyes clave se ha convertido en una práctica común en Venezuela. Más allá de la simple ineficiencia administrativa, esta estrategia tiene implicaciones significativas para las organizaciones de la sociedad civil, que dependen de plazos claros y recursos legales para garantizar su funcionamiento.
En el caso de la Ley Antisociedad, reducir el tiempo de reinscripción en 18 días no solo dificulta el cumplimiento de las normas, sino que podría interpretarse como un intento deliberado de obstaculizar la operatividad de las ONG más pequeñas o menos consolidadas.
Según el informe de Acceso a la Justicia, el cumplimiento de la disposición transitoria que obliga a la actualización del registro es un desafío monumental. Las organizaciones deben presentar inventarios de bienes, balances contables y estados financieros, además de identificar a sus miembros fundadores y donantes.
Este proceso implica dedicar tiempo, esfuerzo y recursos que muchas entidades no tienen, especialmente en el corto plazo que ahora se les impone.
Un marco legal restrictivo y regresivo
Más allá de la publicación tardía, la Ley Antisociedad ha sido criticada por establecer un régimen que, en lugar de facilitar la labor de las organizaciones, complica su constitución, operatividad y sostenibilidad.
Antes de la ley, el registro de las ONG seguía un régimen de notificación basado en el Código Civil. Ahora, este sistema se reemplaza por un régimen de autorización más restrictivo, que incluye requisitos nuevos como:
- Determinar la duración de la organización.
- Identificar a todos los miembros y asociados.
- Proveer inventarios detallados de bienes y fuentes de financiamiento.
- Implementar un régimen disciplinario interno, entre otros.
El incumplimiento de cualquiera de estos puntos puede llevar a sanciones severas, que van desde multas hasta la nulidad del registro. En un contexto donde el principio de progresividad en derechos humanos debería prevalecer, esta ley representa un retroceso claro y contradice el artículo 19 de la Constitución venezolana, de acuerdo con el análisis de Acceso a la Justicia.
Consecuencias inmediatas para las ONG
Las organizaciones enfrentan varios retos prácticos con la entrada en vigencia de la ley como el aumento de costos y burocracia al ajustar los estatutos y cumplir con requisitos adicionales, la pérdida de derechos adquiridos ya que las organizaciones que no logren reinscribirse a tiempo corren el riesgo de perder su personalidad jurídica, afectando sus operaciones y su capacidad para servir a la ciudadanía.
Además, el registro nacional supervisado por el Ejecutivo carece de claridad sobre su uso, lo que genera temores de arbitrariedad y abuso de poder en la supervisión de las ONG.
Un panorama punitivo
La Ley Antisociedad no solo endurece los requisitos de operación, sino que también introduce un enfoque punitivo evidente. Entre las sanciones más graves se encuentran la disolución preventiva, que puede ser dictada sin derecho a defensa previa; multas que oscilan entre 100 y 10 mil dólares, con posibilidad de aumentos en caso de reincidencia; y la anulación de registro por incumplimientos administrativos menores.
Estas medidas se aplican incluso en casos de errores formales, como la falta de notificación de donaciones, violando principios fundamentales como el non bis in idem, que prohíbe sancionar dos veces por el mismo hecho.
Un ataque al espacio cívico
Desde Acceso a la Justicia señalan que la Ley Antisociedad debe entenderse en el contexto más amplio de la erosión del espacio cívico en Venezuela. Desde su promulgación, se ha señalado como un instrumento para restringir la libertad de asociación y controlar a las organizaciones que trabajan en áreas sensibles como derechos humanos, asistencia humanitaria y vigilancia ciudadana.
Ali Daniels enfatizó que el espíritu de la ley no es garantizar derechos, sino controlarlos. Al supeditar la operación de las ONG a un marco punitivo y discrecional, el Estado amplía su capacidad de silenciar voces críticas y obstaculizar el trabajo de organizaciones que buscan promover la transparencia y la participación ciudadana.
En definitiva, la Ley Antisociedad no solo representa un desafío inmediato para las ONG, sino que también sienta un precedente preocupante para el ejercicio de derechos fundamentales en Venezuela. El llamado es a que la comunidad internacional y los actores nacionales se mantengan vigilantes ante su implementación y sus impactos a largo plazo en la sociedad civil.