La medida, ordenada en una carta emitida por Antonio Guterres y dirigida a Abdulla Shahid, presidente de la Asamblea General, responde a lo indicado en la Carta de las Naciones Unidas.
El pasado miércoles, el secretario general de las Naciones Unidas (ONU), Antonio Guterres, informó a través de una carta enviada a la Asamblea General (AG) que ocho países perderían su derecho al voto en dicho organismo, a causa de un incumplimiento en las cuotas de pago del presupuesto operativo de la organización.
La medida, que tomará efecto de forma inmediata, responde a lo especificado en el artículo 19 de la Carta de las Naciones Unidas, documento que detalla y describe cada una de las competencias de la ONU. Particularmente, dicho artículo reza:
“El Miembro de las Naciones Unidas que esté en mora en el pago de sus cuotas financieras para los gastos de la Organización, no tendrá voto en la Asamblea General cuando la suma adeudada sea igual o superior al total de las cuotas adeudadas por los dos años anteriores completos”.
Dadas las razones mencionadas, el voto en cuestión fue restringido para Venezuela, Irán, Sudán, Antigua y Barbuda, Congo, Guinea, Papúa Nueva Guinea y Vanuatu. Para volver a restituir este derecho, estos países deben pagar un monto mínimo que, según información del Washington Post, queda fijado de la siguiente forma para cada uno:
- Venezuela: $39.850.761
- Irán: $18.412.438
- Sudán: $299.044
- El resto: Menos de $75.000
Cabe acotar que Irán ya había perdido su voto en enero de 2021 a causa de “deudas incobrables”. Por su parte, Teherán reaccionó atribuyendo la razón de la mora en su pago a las sanciones económicas y financieras impuestas por Estados Unidos. En consecuencia, el país islámico recurrió a la banca e instituciones gubernamentales extranjeras para pagar el monto mínimo requerido para el momento, según lo indicado por el Portavoz Adjunto de Guterres, Farhan Haq. (vía Washington Post y France 24)
Adicionalmente, el artículo mencionado anteriormente prevé que, en caso de que el retraso en el pago de la cuota correspondiente de cada país se deba a “circunstancias ajenas” a su voluntad, la AG podría no eliminar el derecho al voto. Gracias a esta salvedad, se decidió hacer una excepción con Comoras, Santo Tomé y Príncipe, y Somalia. (vía RT)