CIDH urge a Venezuela abstenerse de criminalizar personas LGBTI

07/08/2023. CIDH – Washington D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación ante las acciones arbitrarias y los abusos de autoridad cometidos por agentes de seguridad de Venezuela que denotan prejuicios relacionados con la orientación sexual, identidad y/o expresión de género, así como características sexuales de las personas.


El pasado 23 de julio, la Policía Nacional Bolivariana (PNB) llevó a cabo un operativo en un local privado frecuentado por personas LGBT en el estado de Carabobo, donde detuvo a 33 hombres gays y de la diversidad sexual. En el marco de dicha acción, las personas detenidas han sido fotografiadas y tuvieron su imagen, junto con las de sus documentos de identificación, publicadas en distintos medios de comunicación. De las personas arrestadas, 30 fueron liberadas bajo régimen de presencia en los juzgados, mientras que 3 se mantuvieron privadas de libertad durante diez días.

Pese a que el operativo se originó presuntamente por quejas de vecinos relacionadas con el ruido, personas defensoras de derechos humanos afirman que la motivación detrás de estas detenciones ha sido el prejuicio y la discriminación hacia esas personas por su orientación sexual. Ello en el contexto de que las personas LGBTI están especialmente expuestas a acciones arbitrarias o abusos de autoridad por agentes de seguridad del Estado en base a prejuicios contra sus orientaciones sexuales o identidades de género no normativas.

La CIDH recuerda que la criminalización de relaciones sexuales consensuadas entre adultos del mismo sexo, ya sea a través de leyes o por acciones de los órganos de seguridad y justicia, es contraria a los estándares interamericanos y universales de derechos humanos. Asimismo, bajo los principios de debida diligencia, cualquier información relacionada con la orientación sexual, identidad y/o expresión de género de personas investigadas debe manejarse con estricto control de privacidad para salvaguardar el respeto a la dignidad y derechos de las personas involucradas.

En este sentido, la Comisión insta a Venezuela a respetar los derechos humanos y a cesar la criminalización de las personas LGBTI, en estricto cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación. Además, se hace un llamado al Estado para garantizar el principio de legalidad, asegurando la libertad de las personas en casos donde no se configure imputabilidad o delito. Finalmente, se insta a las autoridades a abstenerse de exponer públicamente a las personas imputadas y a velar por el estricto cumplimiento de los estándares de debida diligencia.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 176/23

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