DDHH

Decreto de conmoción exterior no cumple pautas constitucionales y puede escalar persecución política

Martha Tineo y Juan Carlos Apitz alertan sobre discrecionalidad para actuar contra quienes se considere apoyen una agresión externa


Fuente original: Efecto Cocuyo.- Sin haber claridad sobre la vigencia o no de un estado de conmoción exterior en Venezuela, el líder chavista Nicolás Maduro informó sobre el arranque de un proceso de consulta nacional sobre el decreto de estado de excepción que busca justificar medidas que su administración evalúa tomar en caso de una intervención militar por parte de Estados Unidos. 

«Ya hoy arrancó el proceso de consulta del decreto constitucional de estado de excepción para decretar un estado de conmoción exterior, de acuerdo a la Constitución, y proteger a nuestro pueblo, proteger nuestra paz, nuestra estabilidad, los alcances en todas las direcciones del decreto de estado de conmoción exterior si Venezuela fuera agredida», señaló en su programa de televisión Con Maduro+, este lunes 29 de septiembre. 

Previamente, la vicepresidenta Delcy Rodríguez, había asegurado que Maduro firmó el decreto, pero que la declaratoria de estado de conmoción exterior -prevista en el artículo 338 de la Constitución- se activaría en caso de una agresión extranjera de cualquier tipo. 

Para abogados y defensores de derechos humanos consultados por Efecto Cocuyo es preocupante, por un lado, la opacidad en un tema trascendental para el país, en el sentido de que el decreto no se publica en Gaceta Oficial ni se somete a evaluación de la Asamblea Nacional (AN) y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). 

Por otro lado, también expresan temor ante lo que pudiera ser una nueva escalada de persecución política contra la disidencia. Este lunes, tanto Rodríguez como el ministro del Interior y Justicia, Diosdado Cabello, lanzaron advertencias a quienes se considere apoyen las acciones militares de EEUU y no respalden el decreto de conmoción exterior. 

Preocupa discrecionalidad 

En respuesta a críticas de la organización política Unión y Cambio de Henrique Capriles, Cabello advirtió que quien no apoye que Venezuela “se defienda como sea”, ante una eventual agresión de EEUU, está “en estado general de sospecha”. 

“Preocupa sobre todo la discrecionalidad que supone el señalamiento: estado general de sospecha, puesto que supone que criterios subjetivos pueden privar sobre hechos verificables y acciones concretas que efectivamente se constituyan en algún delito de los consagrados en el ordenamiento jurídico venezolano. Ya hemos denunciado suficientemente que en Venezuela la persecución por razones políticas se ejerce contra disidentes reales o así percibidos”, advirtió la coordinadora general de la ONG, Justicia, Encuentro y Perdón, Martha Tineo. 

La abogada y defensora de DDHH reiteró que en Venezuela no solo se persigue a políticos que se oponen abiertamente a las medidas del Estado – lo cual ya es una violación a la libertad de expresión y conciencia, acotó- sino que se extiende a quienes la autoridad considere disidentes, aunque en realidad estén ejerciendo derechos fundamentales tales como la libertad de expresión, de informar y estar informados (periodistas) o a la libertad sindical y lucha por reivindicaciones laborales (sindicalistas) o el derecho a defender DDHH ( defensores). 

“Preocupa en demasía está peligrosísima discrecionalidad, más en un contexto de inexistencia del estado de derecho y subordinación de todos los Poderes Públicos al Ejecutivo nacional. Esto puede ser el inicio de una nueva escalada de persecución por razones políticas y, en tanto, más y más detenciones políticas en nuestro país. Preocupa precisamente que la ya gravísima crisis de derechos humanos en nuestro país se siga agudizando y con ella el sufrimiento de la sociedad venezolana”, agregó. 

Ante el cuerpo diplomático acreditado en el país, la vicepresidenta ejecutiva también advirtió que no se consentirá que nadie, dentro o fuera del  territorio, promueva, apoye, facilite o haga apología de una agresión militar externa contra Venezuela. Aseguró que juzgarán a esas personas, según las leyes de la República y la Constitución. 

No se cumplen pautas constitucionales

El artículo 339 de la Carta Magna establece que el “decreto que declare el estado de excepción, en el cual se regulará el ejercicio del derecho cuya garantía se restringe, será presentado, dentro de los ocho días siguientes de haberse dictado, a la Asamblea Nacional (AN) o a la Comisión Delegada, para su consideración y aprobación, y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para que se pronuncie sobre su constitucionalidad”. 

Para el decano de la Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Juan Carlos Apitz, Miraflores no está cumpliendo con las pautas constitucionales para decretar el estado de conmoción externa, así como tampoco las ha cumplido, afirmó, con el decreto de estado de excepción por emergencia económica. 

“Esto es inédito en Venezuela. ¿Si el Ejecutivo firmó el decreto de estado de excepción en Consejo de Ministros como lo dicta la Constitución, no lo va a mandar a la Gaceta Oficial? El decreto no puede estar condicionado a lo que hace un tercero como lo afirma la vicepresidenta, lo que denota un desprecio por el estado de derecho. Debe ser publicado en Gaceta, enviado a la AN y a la Sala Constitucional del TSJ”, subrayó Apitz.  

Recordó que en abril de este año, Maduro nuevamente aprobó la emergencia económica que tiene una vigencia de 60 días y luego la prorrogó sin contar con la aprobación del Parlamento, según el artículo 338 de la Carta Magna, razón por la cual no considera extraño que Miraflores proceda de igual manera con el decreto de conmoción exterior.

“La modalidad de ley se hace efectiva al publicarse en la Gaceta, no puede depender de un tercero. Si no se ha producido la agresión, mal puede ser decretada la conmoción externa. La vicepresidenta lo admite al decir que se activaría automáticamente”, recalcó. 

“Ya se violan DDHH”

Al igual que a Tineo, al abogado constitucionalista le preocupa que se profundice la crisis de DDHH en el país, si se toma en cuenta que el decreto supone restricción de garantías constitucionales en un contexto en el que ya se violan derechos fundamentales, tales como el derecho a la información y al debido proceso y la prohibición de incomunicación y tortura, que precisamente son los limites de un decreto de estado de excepción (artículo 337 constitucional).  

Fue la vicepresidenta y no Maduro, quien ante embajadores y otros representantes diplomáticos acreditados en el país, adelantó que Maduro tendrá facultades especiales para movilizar a la Fuerza Armada Nacional (Fanb) en todo el territorio nacional, con acciones como tomar militarmente la infraestructura de servicios públicos para garantizar su funcionamiento, entre los que mencionó los de la industria petrolera y de la electricidad y las empresas básicas. 

Asimismo, según la funcionaria, se activarían planes de seguridad ciudadana y se incorporaría la Milicia Bolivariana “en el sistema integrado de defensa de la nación” y el cierre de fronteras terrestres, marítimas y aéreas en resguardo de la integridad territorial y de la población. 

Qué hace EEUU en el Caribe

Desde el 19 de septiembre, EEUU mantiene un despliegue aeronaval en aguas internacionales del mar Caribe con saldo a la fecha de cuatro embarcaciones que presuntamente transportaban drogas, procedentes de Venezuela, según el presidente norteamericano, Donald Trump. Este 30 de septiembre, Trump volvió a defender la efectividad del operativo y agregó que se monitoreará “muy seriamente”,  a “narcos venezolanos en tierra”.

Miraflores por su lado, mantiene entrenamientos militares en los cuarteles a alistados en la Milicia y otros civiles y en sedes de cuerpos policiales nacionales y municipales, ha desplegado el denominado Plan Independencia 200, ha hecho ejercicios militares en La Orchila y operativos de incautación de drogas en varias zonas del país. Ahora según Maduro, se propone “blindar constitucionalmente” cualquier medida de defensa con un decreto de conmoción exterior.

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