CNE

Exhorto por el respeto de los derechos políticos

Las organizaciones de la sociedad civil y actores sociales, ante las elecciones presidenciales del próximo 28 de julio, hacemos un llamado al respeto de los derechos políticos y a las garantías constitucionales de las condiciones electorales en el país.

Redac

Inicialmente, el cronograma electoral continúa sin ser publicado en la Gaceta Electoral, en concordancia con lo expresado en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) y exclusivamente, se encuentra en la página web del Consejo Nacional Electoral (CNE).

También, denunciamos la desigualdad de condiciones durante el proceso de postulación de las candidaturas a través del CNE, al no permitir que determinados partidos políticos tuviesen la libertad de acceder al sistema y registrar la candidatura de representantes seleccionados por la amplia participación de las personas venezolanas en el país y en el exterior, que exige un cambio y desea democracia, impidiendo el derecho a elegir la candidatura que decidió la ciudadanía.

Estas acciones representan violaciones a los derechos humanos de la población venezolana, especialmente en sus derechos civiles y políticos, tanto del ejercicio de las personas que desean postularse, como de la ciudadanía a decidir y elegir su candidatura.

A María Corina Machado y a Corina Yoris no solamente les han impedido inscribirse en el CNE como candidatas a la Presidencia de la República, sino que se les ha violado flagrantemente sus derechos políticos al impedirles participar para un cargo de elección popular, además que es a todas luces un acto flagrante de discriminacion de género femenino, por parte del CNE, ya que se permitió la participación e inscripción a ciudadanos del género masculino, siendo 13 en total.

Esto, es un acto de misoginia, violencia pasiva y flagrante discriminación de la mujer Venezolana, en su aspiración al cargo de ser Presidente de la República, también se le impiden a más de 2 millones de Venezolanos y Venezolanas que eligieron a su candidata unitaria para las próximas elecciones su Derecho Humano a Elegir a la candidata de su preferencia, significando esto un ataque mortal a la democracia de Venezuela, al hacerla manipulable a sus intereses y conveniencias.

Además, se han observado distintas irregularidades en las jornadas de actualización del registro electoral, a nivel nacional e internacional. En los Consulados, no iniciaron las jornadas en la fecha acordada en el cronograma electoral, así como los requisitos y condiciones no se encuentran disponibles, de forma accesible para las personas venezolanas en el exterior y han sido diversos los criterios considerados para dicha actualización, sin existir claridad de los mismos, de acuerdo a lo determinado por la Constitución, la legislación y la jurisprudencia venezolana.

A su vez, como ya ha sido denunciado recientemente en instancias internacionales, la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos indicó que la represión y persecución a actores de la sociedad civil ha aumentado durante estos primeros cuatro meses del 2024, en el que se han observado detenciones arbitrarias, allanamientos, amenazas, entre otras acciones ejecutadas por las instituciones públicas del Estado venezolano, durante el ambiente electoral.

También, se ha observado con preocupación la violencia política que han sufrido las aspirantes a las candidaturas presidenciales y las mujeres que hacen vida en distintos partidos políticos, en el que se han realizado descalificativos alusivos a su género y se ha cuestionado sus capacidades, la edad, vestimenta, discurso, entre otros elementos.

En el caso de María Corina Machado, Lupa electoral identificó 74.827 menciones como ataque de género hacia ella, divididos en tres frentes: menosprecio de capacidades (67%) alusiones al cuerpo (21%) y sexualización (12%), a través de un monitoreo realizado de las redes sociales.

A su vez, Anova documentó que en las elecciones regionales del 2021, 41% de las activistas políticas recibieron más tweets violentos que sus homólogos masculinos. 

Es necesario recordarle al CNE y demás órganos del Estado, que los instrumentos jurídicos Internacionales más relevantes en materia de los derechos humanos de las mujeres y, especialmente, en materia de violencia contra las mujeres son la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención Belem De Pará) y la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), conjuntamente con la Declaración de Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993). 

En la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Pekín en 1995 se reconoció que la violencia contra las mujeres es un obstáculo para lograr los objetivos de igualdad, desarrollo y paz, ya que viola y menoscaba el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales de la mitad de la humanidad. Además la define ampliamente como una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. 

De allí que en la ley venezolana queda delimitada claramente por el sujeto que la padece: las mujeres, o sea, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. A pesar de la tipificación de distintos tipos de violencia de género como la informática y la política, en la realidad no hay una protección real para el goce y ejercicio de las lideresas femeninas en los distintos espacios de toma de decisión, especialmente en el área política, siendo una de las barreras que se enfrentan y limitan a una participación real de las mujeres en los espacios digitales y en el país.

Los Poderes Públicos no pueden ser ajenos a la violencia de género que constituye uno de los ataques más flagrantes a derechos fundamentales como la libertad, la igualdad, la vida, la seguridad y la no discriminación, proclamados en nuestra Constitución.

Es importante resaltar que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, promueve la construcción de un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación la vida, la libertad, la justicia, la igualdad y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, que conlleve la materialización de los fines esenciales del Estado como son la defensa, desarrollo y respeto a la dignidad de las personas.

Recordamos al CNE, lo que dice la CRBV en su artículo 227: “Para ser elegido Presidente de la República o elegida Presidenta de la República se requiere ser venezolano o venezolana por nacimiento, no poseer otra nacionalidad, ser mayor de treinta años, de estado seglar y no estar sometido o sometida a condena mediante sentencia definitivamente firme y cumplir con los demás requisitos establecidos en esta Constitución.”

Las candidatas que no dejaron inscribirse cumplen esos y todos los demás requisitos, conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las demás Normativas legales para procesos electorales.

Ante todo lo anteriormente señalado, las organizaciones de la sociedad civil y personas que suscriben el presente hacen distintos exhortos y solicitudes al Estado venezolano, los partidos políticos y a la sociedad venezolana:

  • Solicitamos al CNE el cese de la opacidad, la arbitrariedad y la vulneración de derechos, en el proceso electoral que se adelanta, tanto en lo que respecta a las ciudadanas que optaron por ejercer su derecho a la postulación, como de los ciudadanos venezolanos en general que eligieron a una mujer para que se postule a la candidatura de la Presidencia de Venezuela.
  • Solicitamos al CNE que cese la violencia Institucional pasiva contra las postulantes femeninas, dejando de obstaculizar el acceso de la mujer venezolana  a sus derechos contemplados en la Constitución Nacional y las Normativas Electorales.
  • Exigimos que se permita la inscripción de la candidata femenina que la PUD tiene elegida para que les represente.
  • Al Defensor del Pueblo, que se pronuncie al respecto y solicite una investigación al CNE sobre la discriminación respecto a la participación política de la mujer.
  • A la sociedad, a concientizar que las mujeres poseen derechos políticos y tienen las mismas capacidades, como toda persona, para el ejercicio y goce de sus derechos.
  • A cada venezolano y venezolana a promover el respeto entre las partes a través de las redes sociales, evitando calificativos que minimicen las capacidades de las personas, a través de los estereotipos.
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