(05-03-2022). En América Latina está avanzando el movimiento que reivindica el derecho de mujeres y niñas al aborto y, en esta coyuntura, Ecuador tiene la oportunidad de dar un paso adelante. Debería darlo.
Hasta el año pasado, las mujeres y niñas en Ecuador sólo podían solicitar un aborto legal cuando su embarazo implicara un riesgo para su vida o su salud o en caso de violación sexual de una mujer o niña con “discapacidad mental”. Sin embargo, a partir de una sentencia de la Corte Constitucional del 28 de abril de 2021 que resolvió despenalizar el aborto en todos los casos de violación sexual, se inició un esfuerzo para reformar la legislación de modo que refleje esa decisión. El proceso ha sido lento.
Ahora el Presidente Guillermo Lasso tiene ante sí para su firma un proyecto de ley, cuya redacción inicial estuvo a cargo de la Defensoría del Pueblo, que codifica esa sentencia. Es una oportunidad única de transformar las vidas de las sobrevivientes de violencia sexual en Ecuador, no sólo al garantizarles el acceso oportuno al aborto, sino además al permitirles acceder a servicios integrales de salud sexual y reproductiva. El Presidente Lasso debería aprobar el proyecto.
En función de nuestro extenso trabajo de investigación en la región, tenemos certeza que este asunto puede ser una cuestión de vida o muerte. Las restricciones al aborto no impiden que haya abortos. Lo que hacen es obligar a mujeres y niñas que intentan abortar, sobre todo aquellas en situación de pobreza o que viven en zonas rurales, a salir del sistema de salud y recurrir a entornos clandestinos que no cuentan con ninguna regulación. Muchos abortos clandestinos se practican de manera insegura y generan problemas de salud a corto y largo plazo, o incluso la muerte. Según la Organización Mundial de la Salud, la tasa de abortos inseguros es cuatro veces mayor en países con leyes sobre aborto restrictivas que en países donde está legalizado.
El proyecto que aprobó la Asamblea Nacional es modesto, pero igualmente importante. Procura asegurar que todas las mujeres y niñas que hayan sufrido una violación tengan acceso a una atención médica que sea prioritaria, integral, gratuita, oportuna, humana y confidencial, tanto antes de un aborto como durante este y con posterioridad. Para cumplir con los estándares internacionales de derechos humanos, una ley que regule el acceso al aborto para las personas sobrevivientes de violaciones sexuales no debería imponer barreras que limiten el acceso genuino, efectivo e integral a esa práctica.
Dado que el embarazo a menudo se detecta tardíamente en los casos de violación sexual, el proyecto extendería el lapso para intentar obtener un aborto, que sería de 12 semanas, a un período de 18 semanas en el caso de mujeres y niñas con discapacidad y mujeres en comunidades rurales o indígenas. Conforme al proyecto, las sobrevivientes de violación sexual no estarían obligadas a denunciar el delito para poder obtener un aborto. A su vez, para que el aborto sea accesible, se limitarían las posibilidades de las personas que proveen servicios de negarse a brindar atención médica por motivos de objeción de conciencia.
El Presidente Lasso tiene 30 días desde que recibió el texto definitivo aprobado por la Asamblea Nacional el 17 de febrero para aprobarlo o vetarlo. Cuando la Corte Constitucional despenalizó el aborto en casos de violación sexual, el Presidente Lasso anunció públicamente que, pese a sus convicciones personales, él y su gobierno acatarían la decisión por respeto a los principios básicos de la democracia. Sin embargo, en declaraciones recientes ha sugerido la posibilidad de vetar el proyecto.
Las convicciones personales del Presidente Lasso no deberían limitar la posibilidad de mujeres, niñas y personas embarazadas en Ecuador de obtener atención de la salud esencial. El presidente debería defender el Estado de derecho y proteger a las sobrevivientes de violación sexual para que no deban vivir el sufrimiento que implica un embarazo forzado.
Con un veto parcial, el proyecto volvería a la Asamblea Nacional, la cual podría decidir aprobarlo con los cambios que introduzca el presidente, o sin ellos. Si el presidente lo aprueba, pero con modificaciones que limitan el acceso al aborto quienes fueron víctimas de violación sexual, la Asamblea Nacional debería atenerse a su compromiso de proteger a las mujeres y niñas manteniendo el texto actual, sin cambios.
Un veto total bloquearía la posibilidad de posteriores acciones legislativas sobre el tema durante un año, aun cuando la sentencia de la corte despenalizó el aborto hace casi un año. Esto dejaría a las sobrevivientes de violencia sexual, los profesionales de la salud y otros actores en una situación indefinida y agravaría los obstáculos para obtener un aborto, incluso en circunstancias despenalizadas por la decisión de la corte.
Un veto presidencial menoscabaría el trabajo de la Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo y la decisión de la mayoría en la Asamblea Nacional. Todos estos han sido avances para que las mujeres y niñas ecuatorianas puedan recuperar sus vidas después del trauma que implica una agresión sexual.
El Presidente Lasso debería defender los derechos humanos y sancionar un proyecto de ley diseñado para proteger a las mujeres y niñas en su país.