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Corte colombiana: Menores trans tienen derecho a tratamientos de afirmación de género

Según el Alto Tribunal, el «sistema de salud debe brindar un servicio eficaz, oportuno e integral para hacer posible la reafirmación de género» y por eso le ordenó al Ministerio de Salud tener protocolos claros a seguir que lo garanticen, incluso a menores

Tal Cual

(08-07-2022) La Corte Constitucional de Colombia determinó en una sentencia que «los menores de edad tienen derecho a la identidad de género», lo que también conlleva su derecho a «acceder a los tratamientos médicos de afirmación de género» aunque no hayan alcanzado los 18 años.

De esa forma, la Constitucional exhortó al Ministerio de Salud para que antes de un año emita una guía de práctica clínica y los protocolos para «la atención integral en salud de las personas transgénero y, particularmente, para el suministro de los procedimientos médicos de afirmación de género», según un boletín de prensa publicado este jueves.

Esta decisión se tomó después de una tutela presentada por un joven de 16 años que quiso recibir terapia hormonal, después de que un psiquiatra infantil le confirmara un diagnóstico de disforia de género (el término médico patologizante usado hacia personas trans).

Este joven fue remitido en diciembre de 2020 a un especialista en endocrinología pediátrica, que le dijo que para recibir tratamiento debería cumplir la mayoría de edad y le ordenó exámenes para averiguar si «su intención de realizar el tratamiento obedece a algún desorden hormonal», según la Corte.

Hace apenas unos meses, en marzo, esta misma instancia judicial ordenó a la Registraduría incluir la categoría de género «no binario» en la cédula de identidad, algo que ya se aplica en la práctica, y pidió al Congreso que regule «los derechos de asignación de género» en una política pública incluyente a personas que se identifican como no binarias.

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